Corte de Apelaciones de Talca acoge recurso de protección contra alcalde de Curicó

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de protección presentado por cuatro apoderadas de la Escuela República del Brasil de Curicó, en contra del alcalde George Bordachar, quien fue acusado de llevar a cabo el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal (PADEM 2026) sin la debida consulta a la comunidad escolar, vulnerando los derechos de los estudiantes, especialmente los de aquellos con necesidades educativas especiales.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Talca, el día viernes reciente acogió un recurso de protección interpuesto por cuatro apoderadas de la Escuela República del Brasil de Curicó, en contra del Alcalde de esta ciudad George Bordachar, por los actos ilegales y arbitrarios, consistentes en haber desarrollado en su calidad de alcalde de la comuna, el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal, (PADEM 2026), sin la participación, ni la intervención de las recurrentes ni de la comunidad escolar, sin haber dado aviso en forma oportuna de la implementación para el año 2026, ni haberlo comunicado por vías oficiales, sin respetar además los plazos establecidos para efectos de su aprobación e implementación, vulnerando con ello, los derechos de niñas menores de edad, estudiantes de enseñanza básica con diversas condiciones especiales, dado que algunas de ellas se encuentran en estudio por un eventual Trastorno del Espectro Autista (TEA) o TDAH; otra mantiene diagnóstico confirmado de TEA, Trastorno de Integración Sensorial y Trastorno de Conducta Alimentaria; otras mantienen diagnóstico de Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA) y además, las niñas forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE).
Si bien es cierto la acción se interpuso por cuatro madres y apoderadas, vale destacar que al año 2025 la Escuela República del Brasil cuenta con una matrícula cercana a las 250 estudiantes, de las cuales 70 pertenecen al Programa de Integración (PIE), conformando un grupo amplio de niñas con necesidades educativas especiales que requieren estabilidad, continuidad pedagógica, condiciones controladas y previsibilidad en cualquier decisión institucional que pueda afectar su proceso educativo o emocional.
Mas allá de los motivos presupuestarios o administrativos que puedan ser invocados por el alcalde para llevar a cabo la aplicación del PADEM 2026, todo proceso de esta índole debe ser necesariamente gradual, sobre todo cuando estamos frente a niñas con condiciones especiales, lo que aquí no ocurrió, señaló, Marcelo Barrios Orellana, abogado de las apoderadas.
La Corte, otorgó un plazo de ocho días al alcalde Bordachar para que evacúe un informe debiendo remitir todos los antecedentes del caso, informe que también se le solicitó a la Dirección Provincial de Educación.









