Ley de Inclusión Laboral: plazo vence el 31 de enero
Empresas con 100 o más trabajadores deben informar a la Dirección del Trabajo el cumplimiento anual de la cuota del 1% de contratación de personas con discapacidad.

Este 31 de enero vence el plazo para que todas las empresas con 100 o más trabajadores informen electrónicamente a la Dirección del Trabajo el cumplimiento anual de la Ley de Inclusión Laboral (Ley N°21.015), normativa que exige destinar al menos el 1% de la dotación a personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez.
La ley reconoce que algunas empresas pueden enfrentar dificultades para cumplir de forma directa, ya sea por la naturaleza de sus funciones o por la falta de postulantes disponibles que cumplan con los perfiles requeridos. En estos casos, la normativa contempla mecanismos alternativos que permiten dar cumplimiento a la obligación legal.
Entre estas alternativas se encuentra la donación en dinero, equivalente a 24 ingresos mínimos mensuales por cada cupo no cubierto, la que debe destinarse a organizaciones que desarrollen programas de capacitación, rehabilitación o fomento del empleo para personas con discapacidad, contribuyendo así a una inclusión laboral efectiva.








